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Protección de Datos

El Tribunal de Justicia de la UE dicta sentencia: las empresas podrán ceder datos de sus clientes a otro Estado Miembro.

22 marzo, 2017

El pasado 15 de marzo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció en referencia al caso de Vodafone Libertel, Tele2 y Ziggo, que se negaron a ceder los datos de sus abonados de los Países Bajos a la sociedad belga European Directory Assistance.

Según el TJUE, el hecho de que una empresa que ofrece servicios de información sobre números de abonados transfiera estos datos a otras empresas de otro Estado Miembro, no vulnera la protección de datos personales.

De acuerdo con la redacción de la Directiva 2002/21/CE, de servicio universal, no hace distinción alguna en función de si la solicitud de los datos relativos a los abonados se realiza por una empresa establecida en el mismo Estado o en otro de la Unión Europea.

Por este motivo si un abonado ya ha sido informado de la posibilidad de que se transmitan sus datos a otra empresa para publicarlos en una guía, y bajo su consentimiento de publicación, no será necesaria una nueva autorización, siempre que se garantice que los datos no se utilizarán con otros fines distintos a  los que se hayan recogido para su primera publicación.

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